La Constitución, ley fundamental del Estado, cumple con las siguientes funciones: (Diccionario Histórico Biográfico, 2004):
- Establecer la estructura del gobierno, creando los órganos por medio de los cuales el Estado manifiesta su actuación.
- Atribuye las facultades de gobierno a los órganos.
- Determina cuáles son los derechos fundamentales.
- Tiene la supremacía constitucional.
En Guatemala, para modificar una constitución se puede hacer de dos formas: por Asamblea Nacional Constituyente o por medio del voto popular (Diccionario Histórico Biográfico, 2004).
La Constitución Política de la República de Guatemala está dividida en tres partes (Diccionario Histórico Biográfico, 2004):
- Parte dogmática: contiene todos los derechos humanos, también llamados fundamentales. Los derechos fundamentales están establecidos, en la constitución, para que tengan más seguridad, y no puedan ser violados por ningún tratado, y así poderles dar una protección especial. Los derechos fundamentales son: Derechos individuales -dirigidos al hombre en sí-, Derechos sociales -dirigidos al hombre en grupo- y Derechos cívico políticos -nacionalidad y ciudadanía-.
- Parte orgánica: contiene la forma en que el estado se va a ordenar.
- Parte procesal constitucional: su objetivo es hacer que se cumpla lo que establece la constitución.
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